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No toda empresa ni toda persona natural reporta exógena. Los obligados y los topes están en la Resolución DIAN 000227 de 2025 y sus modificaciones. Un ingreso por debajo del tope puede excluir un formato y no otro.
Impuestos
Prepara los reportes de operaciones con terceros que las autoridades piden, cuando a la empresa le corresponden.

Quien está obligado debe identificar qué formatos reportar, validar terceros y transmitir la información del año gravable. La necesidad es entregar datos consistentes con la contabilidad y las declaraciones, y corregir a tiempo si el archivo es rechazado.
No toda empresa ni toda persona natural reporta exógena. Los obligados y los topes están en la Resolución DIAN 000227 de 2025 y sus modificaciones. Un ingreso por debajo del tope puede excluir un formato y no otro.
La información nacional de la DIAN no es el reporte de ICA ni de otros tributos territoriales. Esos medios y plazos son distintos.
La Resolución 000021 del 17 de julio de 2026 amplió, para el año gravable 2025, plazos de formatos concretos, entre ellos 2820 y 2823 a 2829, 2833 a 2835, 2839 y 2840. Ese plazo extraordinario no se aplica a todos los formatos.
Corregir un archivo rechazado o sustituir uno ya enviado es un trámite adicional. Presentar no borra una inconsistencia con la declaración de renta.
Lo anterior mezcla, cuando corresponde, deberes legales y apoyos que son opcionales o de buena práctica. No toda persona o empresa tiene las mismas obligaciones, y contratar a MGT no significa que el encargo cubra todas.
MGT identifica, con la información disponible, qué formatos del encargo parecen aplicar; extrae y valida terceros, valores y retenciones; prepara los archivos y acompaña la transmisión o la corrección que se haya contratado. No declara que una empresa esté obligada sin revisar los topes, y no reporta información distrital o municipal dentro del encargo nacional.
Relación de formatos incluidos, archivos o prevalidadores, inconsistencias encontradas y el resultado de la transmisión cuando ella haga parte del alcance. Los rechazos se listan para que usted decida la corrección.
Bases de terceros con identificación completa, pagos, retenciones y el visto bueno de los valores que no cuadren con la contabilidad. Usted aprueba el envío. Un NIT de tercero incompleto suele devolver el archivo.
Revise los plazos cargados en el calendario, con la advertencia de cobertura. Solicitar el reporte.
Resolución DIAN 000227 del 23 de septiembre de 2025; Resolución 000012 del 29 de abril de 2026; Resolución 000021 del 17 de julio de 2026. Consulta del 24 de septiembre de 2026. Referencias consultadas el 24 de septiembre de 2026. Es orientación general: no reemplaza el análisis de su caso ni afirma que toda contratación incluye todos los puntos.
Ejemplo hipotético
Un archivo de pagos no cruza con las retenciones de la declaración. Se detiene el envío hasta corregir el tercero. El ejemplo es hipotético.
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