Fechas nacionales de la DIAN para 2026, según la obligación y la terminación del NIT, sin el dígito de verificación.
Sirve para consultar un plazo. No define todas las obligaciones ni convierte una fecha pasada en un incumplimiento.
Para 2027 solo están cargados los vencimientos que el calendario 2026 ya fijó, en especial enero de 2027 por periodos de 2026. El resto de 2027 no se extrapola.
No hay fechas cargadas para esa combinación.
Cobertura de esta página: renta de grandes contribuyentes, personas jurídicas y personas naturales; IVA bimestral y cuatrimestral; retención en la fuente; impuesto nacional al consumo; régimen SIMPLE; patrimonio; activos en el exterior; e información exógena nacional solo en los plazos citados. No incluye ICA, otros impuestos territoriales ni PILA. La nómina electrónica no es un impuesto de este calendario. La exógena ordinaria por dígitos, distinta de los plazos extraordinarios y de los dígitos 1, 2 y 3 de grandes contribuyentes que sí están cargados, sigue incompleta: no se publica una tabla que no se contrastó completa con la norma. Fuentes revisadas el 24 de septiembre de 2026: cartel Calendario tributario 2026 de la DIAN, PDF oficial y página del calendario. Exógena: Resolución 000227 de 2025, artículo 1.3.9.1.3, en lo modificado por la Resolución 000012 del 29 de abril de 2026 y la Resolución 000021 del 17 de julio de 2026. La hora de referencia de “hoy” es la de Bogotá.